Mudarse a otro país con toda la familia es, para muchos extranjeros, el inicio de una nueva vida. Pero cuando esa vida da un giro inesperado, la pregunta que más angustia genera no es solo “qué hago ahora”, sino “qué derechos tengo aquí”. Esta es la historia de una clienta que enfrentó exactamente esa pregunta, y la respuesta que Costa Rica le dio.
Hace tres años, Tammy, su esposo Rick y sus dos hijas se mudaron a Costa Rica desde Estados Unidos. Vendieron lo que tenían en su país de origen y construyeron aquí una vida completamente nueva: compraron dos casas, vehículos, y colocaron parte de su capital como inversión, prestando dinero dentro del país. Tammy nunca había trabajado fuera del hogar desde que se casó; se dedicó por completo al cuidado de sus hijas y de la familia. Rick, por su parte, nunca tramitó la residencia migratoria de ninguno de los cuatro durante esos tres años, aunque sí matriculó a las niñas en el colegio privado más costoso de la zona.

Hace un año, Rick comenzó a tener problemas serios con el alcohol. Tammy tomó la decisión de dejarlo y se mudó, junto con sus hijas, a la segunda propiedad de la familia. La reacción de Rick fue inmediata: le cerró el acceso a las cuentas, a las tarjetas, a cualquier fuente de ingreso. Tammy se encontró en una posición extremadamente vulnerable — sin poder trabajar legalmente en Costa Rica por no tener residencia, sin acceso al dinero de la familia, y sin saber qué derechos tenía para protegerse a ella y a sus hijas en un país que no era el suyo.

La pensión alimentaria: protegerlas primero a ella y a sus hijas
Lo primero que hicimos fue actuar sobre lo urgente: garantizar que Tammy y sus hijas tuvieran sustento mientras se resolvía todo lo demás. En Costa Rica, el derecho de las personas menores de edad — y de quien las cuida — a recibir alimentos no depende de la nacionalidad ni del estatus migratorio de ninguna de las partes. Es un derecho de familia, y la ley costarricense lo protege con un principio que guía toda decisión en esta materia: el interés superior de la persona menor de edad.

El interés superior de la persona menor de edad es el criterio que debe orientar toda decisión judicial que la afecte directa o indirectamente — un principio que la legislación costarricense de familia, en línea con la Convención sobre los Derechos del Niño, se aplica de forma transversal en todo proceso de pensión alimentaria.
Presentamos la solicitud de pensión alimentaria bajo el actual Código Procesal de Familia, vigente desde octubre de 2024, que sustituyó a la antigua Ley de Pensiones Alimentarias. Este proceso está diseñado para actuar rápido: si no hay conciliación entre las partes, el juez debe resolver en muy pocos días con una resolución anticipada de alimentos — lo que en el sistema anterior se conocía como pensión “provisional” — de manera que la persona beneficiaria no tenga que esperar meses para recibir sustento.
Como Rick viajaba con frecuencia, un elemento fue clave: la ley costarricense permite que, ante el incumplimiento de la obligación alimentaria, se ordene una restricción migratoria — un impedimento de salida del país — hasta que el deudor esté al día o garantice el pago. Esa restricción se convirtió en la palanca que aseguró que la pensión anticipada realmente se cumpliera.
A partir de ahí, se abrió el proceso para revisar a fondo todas las cuentas y bienes de la familia, lo que permitió fijar pensiones alimentarias separadas — una para Tammy y otra para cada una de sus hijas — ajustadas al verdadero nivel de vida e ingresos de Rick, no solo a lo que él quisiera reconocer voluntariamente.
El divorcio: no hace falta haberse casado en Costa Rica para divorciarse aquí

Muchas personas asumen que, si no se casaron en Costa Rica, no pueden divorciarse aquí. No es así. Tammy y Rick se casaron en Estados Unidos, y ninguno de los dos tenía la residencia migratoria formalizada: vivían en el país en condición de turistas o con trámites migratorios incompletos. Aun así, fue posible abrir el proceso de divorcio en Costa Rica.
La razón es que la competencia de los tribunales costarricenses en materia de divorcio no depende de dónde se celebró el matrimonio ni del estatus migratorio de las partes, sino de dónde está el domicilio conyugal — el lugar donde la pareja realmente construyó su vida en común. La jurisprudencia costarricense reciente ha sido clara en que ese es el criterio que determina la competencia, y en el caso de Tammy y Rick, ese domicilio conyugal, sin duda, era Costa Rica: aquí vivían, aquí estaban sus hijas, sus casas y su patrimonio.
Ese mismo vínculo con Costa Rica — tener aquí el domicilio y el patrimonio de la pareja — permitió que el proceso de divorcio incluyera el análisis completo del patrimonio conyugal: las dos propiedades, los vehículos, la inversión colocada como préstamo dentro del país, y hasta un par de cuentas bancarias que Rick mantenía en el extranjero. En Costa Rica, salvo que la pareja haya pactado lo contrario mediante capitulaciones matrimoniales, los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran parte del patrimonio conyugal a repartir — y ese análisis se construyó a favor de Tammy.

Por qué contamos esta historia
El caso de Tammy es más común de lo que parece entre familias extranjeras en Guanacaste: uno de los cónyuges — casi siempre quien se dedicó al hogar y a los hijos — termina dependiendo por completo del otro, sin residencia propia, sin ingresos propios, y sin saber que la ley costarricense sí la protege, incluso en esas condiciones.
No tener residencia migratoria no significa no tener derechos. Ni el matrimonio celebrado en el extranjero, ni el estatus migratorio incompleto, son obstáculos para pedir una pensión alimentaria o para divorciarse en Costa Rica, si aquí está su vida, su familia y su patrimonio.
En Libre Verdad acompañamos a personas extranjeras, muchas veces en el momento más vulnerable de su vida familiar, para que conozcan y ejerzan esos derechos — desde la protección inmediata de una pensión alimentaria hasta la resolución completa de un divorcio con bienes en varios países. Si usted o alguien que conoce está viviendo una situación similar, con gusto la escuchamos.
Nota de confidencialidad: Esta historia está inspirada en un caso real atendido por Libre Verdad. Para proteger la privacidad de las personas involucradas y cumplir con nuestro deber de confidencialidad profesional, los nombres, algunos hechos y ciertos detalles han sido modificados. Cualquier similitud con personas identificables es únicamente con fines ilustrativos.
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